Un buscador deberá indemnizar a una persona por no eliminar sitios web que lesionaban sus derechos personalísimos


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    Los parámetros sobre la responsabilidad civil de las empresas dueñas de los buscadores de Internet están establecidos en el precedente "Rodríguez" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, de acuerdo con dicha doctrina, el factor de atribución es subjetivo, lo que implica que las empresas están obligadas a resarcir los perjuicios causados por los contenidos ilícitos que alojan en sus plataformas siempre que tengan conocimiento efectivo de ellos y que la ilicitud sea manifiesta o evidente.
    SENTENCIA
    7 de Diciembre de 2023
    CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 03
    Magistrados: Eduardo Daniel Gottardi - Guillermo Alberto Antelo
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