Ley 2587 de SAN JUAN


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    LEY 2587-A
    SAN JUAN, 2 de Noviembre de 2023
    Boletín Oficial, 27 de Noviembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTÍCULO 1°.- Se aprueba la Carta de Intención por Parques Solares Tocota 6, 7 y 8, celebrada el 7 de junio de 2023, por la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación y el Gobierno de la provincia de San Juan, ratificada por Decreto Nº 1257-MOSP-2023, de 7 de julio de 2023.

    ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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