Ley 5679 de RIO NEGRO


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    LEY 5.679
    VIEDMA, 17 de Noviembre de 2023
    Boletín Oficial, 7 de Diciembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY

    Artículo 1º.- Objeto. Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado catastralmente como DC02, C3, Sección* -Unidad Características 530-, Parcela 380.

    Artículo 2º.- Destino. La presente expropiación tiene por objeto destinar el inmueble identificado en el artículo 1º al futuro desarrollo urbano de la localidad de Contralmirante Cordero, la construcción de calles y espacios públicos, la construcción de una planta de reciclado de residuos domiciliarios y la creación de un parque industrial, de acuerdo a lo establecido en la ordenanza municipal nº 04/22.

    Artículo 3º.- Sujeto expropiante. El sujeto expropiante es la Municipalidad de Contralmirante Cordero, a cuyo cargo estarán todos los gastos de la presente.

    Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.

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