Ordenan que el arsénico en el agua de consumo no supere los 10 microgramos por litro


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    En el marco de una acción instada por vecinos de Chivilcoy para asegurar la calidad del agua de consumo humano, corresponde ordenar a la empresa ABSA asegurar que el arsénico en el agua no supere los 10 microgramos por litro, toda vez que se encuentra suficientemente acreditado que la calidad del agua que ABSA provee entraña un peligro cierto a la salud de los habitantes de la zona, pues se ha demostrado que el agua de uso domiciliario no resulta uniforme ni estable en cuanto a los parámetros de arsénico ya que se encuentra por fuera de los módulos de calidad contemplados en el art. 982 del Código alimentario Argentina.
    SENTENCIA
    12 de Octubre de 2023
    SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. LA PLATA, BUENOS AIRES
    Magistrados: Sergio Gabriel Torres - Hilda Kogan - Luis Esteban Genoud - Daniel Fernando Soria
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    Carátula: Caselles, Ezequiel Pedro y Ots. c/ Aguas Bonaerenses S.A. y Otros s/ Amparo. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

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