Revocan la personería gremial otorgada a un sindicato cordobés para representar a empleados de estaciones de servicio


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    La Resolución 747/2016 del Ministerio de Trabajo que otorgó personería gremial al Sindicato de Estaciones de Servicio, Playas de Estacionamiento, Garages, Lavaderos, Gomerías y Anexos de la Provincia de Córdoba para representar a los trabajadores dependientes de estaciones de servicio con zona de actuación en la provincia citada vulnera la libertad sindical y debido proceso en perjuicio del Sindicato Petrolero de Córdoba recurrente, pues a partir de una errónea interpretación del alcance de la personería gremial de éste se desplazó su ámbito de representación con prescindencia del procedimiento de cotejo previsto en los artículos 25 y 28 de la Ley de Asociaciones Sindicales afectando las reglas del debido proceso que configuran el sistema de garantías de la libertad sindical. -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-. -El juez Rosenkrantz, en disidencia, consideró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN)-Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    3 de Octubre de 2023
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosatti - Rosenkrantz (en disidencia) - Maqueda - Lorenzetti
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    Carátula: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social c/ Sindicato Petrolero de Córdoba s/ ley de asoc. sindicales

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