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- LEY 8.391
- SALTA, 17 de Agosto de 2023
- Boletín Oficial, 11 de Septiembre de 2023
- Vigente, de alcance general
Artículo 1º.- La presente Ley tiene por objeto implementar campañas permanentes de concientización sobre los riesgos de la inhalación de monóxido de carbono, las acciones necesarias para prevenirla y la importancia de la revisión y mantenimiento periódico por parte de profesionales habilitados de los aparatos que funcionan a gas.
Art 2º-. Institúyese el día 21 de Marzo de cada año como "Día Provincial de la Prevención de Intoxicaciones por Monóxido de Carbono".
Art. 3º.- Son facultades de la Autoridad de Aplicación:
a) Desarrollar campañas publicitarias de concientización y difusión sobre los riesgos, las medidas de detección y prevención, los síntomas de la intoxicación por monóxido de carbono, en especial durante la época invernal. En todos los casos debe incluir teléfonos, direcciones y contactos útiles para consultas y urgencias.
b) Celebrar, convenios con las empresas proveedoras de gas natural para la realización de inspecciones gratuitas a los usuarios para evaluar y advertirlos de potenciales peligros, desperfectos en los aparatos que funcionan a gas o deficiencias en la ventilación de inmuebles.
c) Celebrar convenios con las productoras y distribuidoras de gas envasado para incluir en los envases de gas etiquetas informativas sobre los peligros del monóxido de carbono y las medidas para prevenir la intoxicación.
d) Llevar a cabo otras acciones conducentes para el cumplimiento de los fines de la presente Ley.
Art. 4º.- El Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Art. 5º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 6º.- Comuníquese al Poder ejecutivo.
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