Ley 46 de CHUBUT


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    LEY XXII 46
    RAWSON, 7 de Septiembre de 2023
    Boletín Oficial, 25 de Septiembre de 2023
    Vigente, de alcance general
    LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY

    Artículo 1°.- Apruébese en todos sus términos el Convenio denominado "Convenio para la Aplicación de Tarifa Diferenciada en el Servicio de Autotransporte Público Terrestre de Pasajeros Tramo: Trelew - Rawson - Trelew a los Empleados de la Administración Pública de la Provincia del Chubut", celebrado entre la Provincia del Chubut, representada por el entonces Ministro de Gobierno y Justicia José María GRAZZINI AGÜERO y las empresas: "28 de Julio S.C.T.T.L.", representada por el Señor Mario Rancho, en su carácter de Presidente del Consejo de Administración y "Empresa de Transportes Rawson S.R.L.", representada por el Señor Luis Ángel Davies, en su carácter de Socio Gerente, que fuera suscripto el día 23 de Junio de 2021, protocolizado al Tomo: 2, Folio: 228 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia con fecha 01 de Julio de 2021, que fuera ratificado por el Señor Gobernador mediante Decreto N° 637 del 5 de Agosto de 2021.

    Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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