Revocan un fallo que condenó a un hombre por reconocer a su hija biológica después de interponer la demanda de filiación


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    Corresponde revocar el fallo que había condenado a un hombre a indemnizar a su hija biológica por haberla reconocido con posterioridad a la demanda de filiación y a la prueba genética, dado que no puede hablarse de conducta ilícita si la persona, cuya paternidad finalmente se ha acreditado, ignoraba que había tenido una hija. Para imputar la obligación de reparar algún daño al demandado, debe acreditarse en autos que efectivamente tuvo conocimiento del hecho generador de la hipotética y primigenia obligación de reconocer a su hija como presupuesto para atribuirle culpa o dolo en su incumplimiento por omisión, y la actora no logró probar que el demandado supo (y en su caso desde cuándo) la existencia del hecho (el embarazo y la paternidad atribuida).
    SENTENCIA
    23 de Agosto de 2023
    CAMARA CIVIL Y COMERCIAL, DEL TRABAJO Y FAMILIA. BELL VILLE, CÓRDOBA
    Magistrados: José María Gonella - Juan Pablo Miguel
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    Carátula: Z., J. M. C/ C., R. A. - ordinario - daños y perj.- otras formas de respons. extracontractual

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