Ley 757 de CHUBUT


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    LEY I 757
    RAWSON, 24 de Agosto de 2023
    Boletín Oficial, 30 de Agosto de 2023
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la Provincia del Chubut sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos la "Adenda al Convenio Específico de Asistencia Técnica N°1, entre la Provincia del Chubut y el Centro de Desarrollo y Asistencia Tecnológica", suscripta por la Provincia del Chubut, representada por el señor Ministro de Educación José María Grazzini Agüero, y el Centro de Desarrollo y Asistencia Tecnológica, representado por su apoderado legal, Dr. Maximiliano Federico Fitolite; la que tiene por objeto la instalación, parametrización y puesta en funcionamiento del "Sistema de Liquidaciones de Sueldos para Agentes Docentes", perteneciente a la familia de productos del Sistema de Gestión de Agentes Docentes (TGE/SAD), ya implementado en la Provincia, incluyendo la capacitación y transferencia tecnológica a los usuarios de la Provincia. La Adenda se encuentra protocolizada al Tomo 4, Folio 245, en el Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 14 de diciembre de 2022; y fue ratificada por el señor Gobernador, por Decreto N° 1496/2022.

    Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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