Una plataforma de turismo deberá indemnizar a una usuaria por las condiciones deplorables del hotel que contrató


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    Condena a una plataforma de alojamiento turístico a indemnizar a una usuaria por los daños y perjuicios debido al estado deficitario del hotel contratado, ubicado en una localidad balnearia brasileña, que fue ofrecido en la página web de la empresa demandada, dado que la jurisprudencia del tribunal viene destacando con reiteración la posibilidad de responsabilizar solidariamente a todos los integrantes de la cadena de comercialización en el ámbito de la contratación con fines turísticos, con apoyo en el art. 40 de la ley 24.240 y, además dicha responsabilidad solidaria ha sido declarada incluso respecto de operadoras con plataformas digitales de actuación internacional. Asimismo, la jurisprudencia nacional concluyó, con específica a la empresa demandada, que en tanto interviene en la cadena de comercialización del servicio de turismo, resulta solidariamente responsable frente al usuario aunque no haya participado en forma directa del negocio jurídico, ya que resulta evidente que la casa matriz necesita de sus filiales para introducir sus productos turísticos en el mercado de consumo y ofrecerlos a potenciales consumidores.
    SENTENCIA
    10 de Agosto de 2023
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Juan R. Garibotto - Pablo Damián Heredia - Gerardo G. Vassallo
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    Carátula: C., M. E. c/ Booking.Com Argentina S.R.L y otro s/ ordinario

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