Dispone aplicar la vía procesal diferenciada de la ley de defensa del consumidor en un caso de phishing


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    En el marco de una acción por daños y perjuicios por un caso de phishing, donde se demanda al Banco de la Nación Argentina en el marco de la ley de defensa del consumidor, resulta procedente ordenar a la actora cumplir con la comunicación de la existencia del proceso a la Procuración del Tesoro de la Nación, conforme lo previsto por los arts. 6 y 8 de la ley 25344, a través de la plataforma digital disponible en la página oficial https://www.argentina.gob.ar/procuraciondeltesoro, toda vez que se demanda a un banco de capital totalmente estatal, que es una entidad autárquica del Estado, con autonomía presupuestaria y administrativa, que se relaciona con el Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Economía y se encuentra sujeto al contralor del BCRA, por lo cual se encuentra alcanzado por las previsiones de la mencionada normativa.
    SENTENCIA
    8 de Agosto de 2023
    CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE BAHIA BLANCA. BAHIA BLANCA, BUENOS AIRES
    Magistrados: Pablo Esteban Larriera - Leandro Sergio Picado
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    Carátula: Instituto John Newman SA c/ Banco de la Nación Argentina s/ ley de defensa del consumidor

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