Ley 10611 de LA RIOJA


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    LEY 10.611
    LA RIOJA, 6 de Julio de 2023
    Boletín Oficial, 1 de Agosto de 2023
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 62º de la Ley Nº 2.425 -Orgánica de la Función Judicial-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

    "Artículo 62º.- En caso de recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional serán remplazados en el siguiente orden:

    En la Primera Circunscripción Judicial:

    1 Por los/as demás Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Primera Circunscripción Judicial.

    3. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Primera Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En caso de recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento, el/la Juez/a de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nº 1 serán reemplazados en el siguiente orden:

    1. Por el/la Juez/a de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial y viceversa.

    2. Por los/as demás Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial.

    3. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Primera Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    5. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Segunda Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as demás Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Segunda Circunscripción Judicial.

    2. Por el/la Juez/Jueza de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial.

    3. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Segunda Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Sexta Circunscripción Judicial.

    5. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Sexta Circunscripción Judicial.

    6. Por los/as conjueces/conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En caso de recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento, el/la Juez/a de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial serán reemplazados en el siguiente orden:

    1. Los/as demás jueces/juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Segunda Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Segunda Circunscripción Judicial.

    3. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Sexta Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Sexta Circunscripción Judicial.

    5. Por los/as conjueces/conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Tercera Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Tercera Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción de la Quinta Circunscripción Judicial y viceversa.

    3. Por el/la Juez/a de Paz Letrados de la Quinta Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Cuarta Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Cuarta Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción de la Primera Circunscripción Judicial.

    3. Por el/la Juez/a de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Primera Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Primera Circunscripción Judicial.

    5. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Quinta Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as demás Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Quinta Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Tercera Circunscripción Judicial.

    3. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Tercera Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Sexta Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Sexta Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción de la Segunda Circunscripción Judicial.

    3. Por el/la Juez/a de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Segunda Circunscripción Judicial.

    5. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones".

    Artículo 2º.- Modifícase el Artículo 68º de la Ley Nº 2.425 -Orgánica de la Función Judicial-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

    "Artículo 68º.- En caso de recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento, los/as Jueces/Juezas de Paz Letrados serán reemplazados en el siguiente orden:

    En la Primera Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as demás Jueces/Juezas de Paz Letrados de la Primera Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Cámara de cualquier materia de la Primera Circunscripción Judicial.

    3. Por los/as Jueces/Juezas de Trabajo y Conciliación de la Primera Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional y, en su defecto, por los/as de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Primera Circunscripción Judicial.

    5. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Segunda Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as Jueces/Juezas de Cámara de cualquier materia de la Segunda Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Trabajo y Conciliación de la Segunda Circunscripción Judicial.

    3. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional y, en su defecto, por los/as de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial.

    4. Por el/la Juez/a de Paz Letrados de la Sexta Circunscripción Judicial.

    5. Por el Juez/a de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Sexta Circunscripción Judicial.

    6. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Tercera Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as Jueces/Juezas de la Cámara Única de la Tercera Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Tercera Circunscripción Judicial 3. Por el/la Juez/a de Paz Letrados de la Quinta Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Jueces/Juezas de la Cámara Única de la Quinta Circunscripción Judicial.

    5. Por el/la Juez/a de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Quinta Circunscripción Judicial.

    6. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Cuarta Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as Jueces/Juezas de la Cámara Única de la Cuarta Circunscripción Judicial.

    2. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Cuarta Circunscripción Judicial.

    3. Por los/las Jueces/ Juezas de Paz Letrados de la Primera Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional y en su defecto, por los/as de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Primera Circunscripción Judicial.

    5. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Quinta Circunscripción Judicial:

    1. Por los/as Jueces/Juezas de la Cámara Única de la Quinta Circunscripción Judicial.

    2. Por el/la Juez/Jueza de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Quinta Circunscripción Judicial.

    3. Por el/la Juez/a de Paz Letrados de la Tercera Circunscripción Judicial.

    4. Por los/las Jueces/Juezas de la Cámara Única de la Tercera Circunscripción Judicial.

    5. Por el/la Juez/a de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Tercera Circunscripción Judicial.

    6. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los de igual orden y con idéntico asiento de funciones.

    En la Sexta Circunscripción Judicial:

    1. Por el/la Juez/a de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Sexta Circunscripción Judicial.

    2. Por el/la Juez/a de Paz Letrados de la Segunda Circunscripción Judicial.

    3. Por los/as Jueces/Juezas de la Cámara Civil, Comercial, de Minas, Criminal y Correccional de la Segunda Circunscripción Judicial.

    4. Por los/as Jueces/Juezas de Instrucción en lo Criminal y Correccional y, en su defecto, por los/as de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial.

    5. Por los/as Conjueces/Conjuezas de la lista oficial. Los/as subrogantes deberán reunir las condiciones exigidas para ser Juez/a y serán designados/as por sorteo entre los/as de igual orden y con idéntico asiento de funciones".

    Artículo 3º.- Deróganse los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 10.611.

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