Ley 3853 de CHACO


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    LEY 3.853-E
    RESISTENCIA, 5 de Julio de 2023
    Boletín Oficial, 31 de Julio de 2023
    Vigente, de alcance general
    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTICULO 1°: Institúyese el 2 de mayo de cada año como Día de la Lucha Contra el Acoso Escolar o Bullying en el ámbito de la Provincia del Chaco.

    ARTICULO 2°: Incorpórase la fecha establecida en el artículo precedente, al calendario oficial de las efemérides de los Poderes del Estado Provincial.

    ARTICULO 3º: Establécese que a través del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología se realizarán las siguientes acciones de difusión vinculadas a la fecha, por medio de charlas, campañas de concientización y toda otra actividad destinada a informar y sensibilizar a la población sobre la detección, difusión, divulgación de las causas y las consecuencias de la problemática del acoso escolar o Bullying.

    ARTICULO 4°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

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