Dispone el rechazo del incidente de nulidad de notificación alegando que el notificador no concurrió al lugar


    Volver al boletín
    Corresponde rechazar el incidente de nulidad de notificación tendiente a lograr la nulidad de la notificación del traslado de la demanda y de la audiencia realizada, alegando que el funcionario que firmó la cédula de notificación no concurrió al lugar. Considera que no se advierte irregularidad en la sola circunstancia que, ante la falta de respuesta a sus llamados, el notificador haya procedido a fijar cédula en puerta en ausencia de dos testigos, pues este requisito se ve suplido por la presencia del otro funcionario junto al oficial de justicia, el Prosecretario, quien suscribe también la diligencia atacada, configurándose la hipótesis expresamente prevista por el inciso 4 del artículo 158 del Código de Forma.
    SENTENCIA
    16 de Junio de 2023
    CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL. SAN SALVADOR DE JUJUY, JUJUY
    Magistrados: José Alejandro López Iriarte
    Más Jurisprudencia Provincial...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: Incidente de nulidad: Yuhmak S.A. c/ Tarifa, Daiana Florencia Antonella s/ acción emergente de la ley del consumidor

    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...