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- SENTENCIA
- 12 de Junio de 2023
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Carlos A. Calvo Costa - María Isabel Benavente - Guillermo D. González Zurro
Cabe determinar la restitución del inmueble a su propietario, libre de subinquilinos y ocupantes, sin perjuicio de que no podrá efectivizarse el desalojo hasta tanto se garanticen medidas efectivas de resguardo del derecho a la vivienda de las personas que ocupan el inmueble, habida cuenta que los desalojos deben efectuarse de acuerdo con las disposiciones de los pactos internacionales de derechos humanos, más aún cuando la vivienda se encuentra habitada por una gran cantidad de personas, entre las cuales hay niños y niñas, quienes pueden verse afectados en forma desproporcionada por la medida.
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Carátula: Naveira, Natalia Edith y otro c/ Subinquilinos y/u Ocupantes y otros s/ desalojo: intrusos
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes