Decreto 779/23 de BUENOS AIRES


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    DECRETO 779/2023
    LA PLATA, 22 de Mayo de 2023
    Boletín Oficial, 7 de Junio de 2023
    Vigente, de alcance general
    Se aprueba el Acta Acuerdo del 6 de diciembre de 2022, cuyos lineamientos rigen a partir del 1° de enero de 2023, correspondiente al personal del Instituto de la Vivienda.

    ARTÍCULO 1°. Aprobar el Acta Acuerdo del 6 de diciembre de 2022, cuyos lineamientos rigen a partir del 1° de enero de 2023, correspondiente al personal del Instituto de la Vivienda, que como Anexo Único (ACTA-2022-42897665-GDEBAGTAYLIV) forma parte integrante del presente.

    ARTÍCULO 2°. Determinar, a partir del 1° de enero de 2023, el carácter remunerativo de las bonificaciones no remunerativas identificadas como "Res. 5264/11 Modif. 1603/17" (Plus Jerárquico) y "2 % R.381/93 Ley 21.581", percibidas por los/as trabajadores/as del Instituto de la Vivienda en forma habitual y regular, fijándose en consecuencia que los aludidos emolumentos estarán sujetos a los descuentos por aportes y contribuciones de ley, con los alcances y de acuerdo a los lineamientos estipulados en el acta acuerdo aprobada precedentemente.

    ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por las/os Ministras/os Secretarias/os en los Departamentos de Hábitat y Desarrollo Urbano, de Trabajo, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

    ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Pasar al Instituto de Previsión Social y a Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

    ANEXO

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