Nueva moratoria previsional: suspenden cautelar que limita la actuación de los letrados como apoderados


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    Resulta procedente ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social suspender la aplicación de la Circular 22/23 en cuanto dispone limitar la actuación de los letrados como apoderados para tramitar la nueva moratoria previsional, toda vez que existe un exceso en los poderes y funciones atribuidas a la ANSES, pues por un lado contraría el principio de razonabilidad, de raigambre constitucional, y sobrepasa los límites internos de su organización y funcionamiento, avanzando sobre actos preparatorios -poderes- y no sobre el procedimiento de moratoria en sí mismo, estableciendo reglas que recaen no sólo sobre los administrados, sino también sobre los profesionales de la abogacía, desconociendo el valor de la función fedataria de escribanos y oficinas públicas de certificaciones habilitadas a tales fines; por otro lado deja manifiestamente desprotegidas a la clase pasiva y a las personas que con esta nueva Ley 27705 pretenden incorporarse al Sistema Previsional, pues al obligarlos a realizar la totalidad del trámite para obtener el beneficio, presencialmente y por sí mismos, los ubica en un estado de indefensión e incertidumbre total, dado que se ven imposibilitados de acceder al asesoramiento de los profesionales en la materia, que los ayude a comprender acabadamente los alcances de la documentación que suscriben.
    SENTENCIA
    24 de Mayo de 2023
    JUZGADO FEDERAL NRO 2. SANTA FE, SANTA FE
    Magistrados: Aurelio Antonio Cuello Murua
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    Carátula: Abramovich, Andres y otro c/ ANSES s/amparo ley 16986

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