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- LEY 3.826
- RIO GALLEGOS, 27 de Abril de 2023
- Boletín Oficial, 9 de Mayo de 2023
- Vigente, de alcance general
Artículo 1.- ADHIÉRESE la provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 26.562, de Medio Ambiente - Presupuestos mínimos de protección ambiental para control de actividades de quema en todo el Territorio Nacional.-
Artículo 2.- El Consejo Agrario Provincial a través de las aéreas que correspondan, será el Organismo Provincial encargado de la aplicación de la Ley Nacional 26.562.-
Artículo 3.- ESTABLÉCESE que las sanciones ante el incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que se dicten serán las siguientes:
a) apercibimiento;
b) multas desde diecisiete mil quinientos (17.500) hasta tres millones quinientos diez mil (3.510.000) Módulos, siendo un (1) Módulo el equivalente al valor en Pesos de un (1) litro de Gas Oil Diesel Premium del Automóvil Club Argentino (ACA) de la ciudad de Río Gallegos;
c) suspensión o revocación de otras autorizaciones de quema;
Estas sanciones serán aplicables previo procedimiento sumario que garantice el derecho de defensa aplicándose, de corresponder, las sanciones que se graduarán de acuerdo a la naturaleza de la infracción.-
Artículo 4.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual