Habilitan la feria para tratar el pedido del CPACF para que los abogados puedan concurrir a sus estudios


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    Corresponde habilitar la feria judicial extraordinaria solicitada por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, invocando la representación de sus matriculados, con el fin de que se exceptúe a dichos profesionales de las medidas de aislamiento social, preventivo, obligatorio y de prohibición de circulación dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional debido a la propagación del Coronavirus, y se les permita circular para poder concurrir a sus estudios y oficinas, donde se encuentran todas sus herramientas de trabajo y disponibilidades tecnológicas necesarias para el desempeño de la profesión, habida cuenta que el proceso de que se trata y la pretensión que constituye su objeto, determinan la procedencia de la habilitación que se pretende, en virtud de los términos establecidos en la Acordada 14/2020 CSJN y la Resolución 17/2020 de la Cámara del fuero, en tanto el cuestionamiento planteado perdería eficacia al cabo del lapso del receso.
    SENTENCIA
    5 de Junio de 2020
    JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rita María Ailán
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    Carátula: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal c/ E.N. y otro s/ amparo ley 16.986

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