Ley 10883 de CORDOBA


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    LEY 10.883
    CORDOBA, 19 de Abril de 2023
    Boletín Oficial, 9 de Mayo de 2023
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°.- Modifícase el radio comunal de la localidad de Villa de Pocho, ubicada en el departamento Pocho de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4° de la Ley N° 8102

    Artículo 2°.- La extensión lineal -expresada en metros- de cada uno de los lados que conforman el polígono del radio comunal de la localidad de Villa de Pocho, como así también los valores de las coordenadas georreferenciadas de los catorce vértices que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica confeccionada por la citada comuna y verificada por la Dirección General de Catastro según informe técnico N° 15/2022 de fecha 28 de junio de 2022 que, en una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.

    Artículo 3°.- El polígono que define el radio comunal de la localidad de Villa de Pocho ocupa una superficie total de ochocientas veintinueve hectáreas, ocho mil quinientos sesenta metros cuadrados (829 ha, 8.560,00 m2).

    Artículo 4°.- Los puntos fijos amojonados son:

    a) Mojón A, de coordenadas X=6514531,46 e Y=4283261,62, y b) Mojón B, de coordenadas X=6518976,51 e Y=4281672,58.

    Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

    ANEXO

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