Ley 15438 de BUENOS AIRES


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    LEY 15.438
    LA PLATA, 12 de Abril de 2023
    Boletín Oficial, 8 de Mayo de 2023
    Vigente, de alcance general
    El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de Ley

    Art 1º: Transfiérase gratuitamente y con carácter de cesión definitiva a la Universidad Nacional de Mar del Plata, los inmuebles de la provincia de Buenos Aires identificados catastralmente con la Partida 045-121717, Circunscripción 2, Parcela 171c, del Municipio de General Pueyrredón.

    ARTÍCULO 2°: La transferencia dispuesta en el artículo anterior, se efectúa con destino exclusivo y específico a la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata.

    ARTÍCULO 3°: Establécese que el Ministerio de Economía en su carácter de Autoridad de Aplicación del Decreto Ley N° 9533/80, deberá promover la suscripción de la escritura por ante la Escribanía General de Gobierno. La mentada escritura deberá expedirse en un plazo de ciento veinte (120) días corridos a partir de la promulgación de la presente, exenta de los impuestos al acto.

    ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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