Reconocen a una niña el derecho a tener una madre y dos padres


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    Admite la demanda de adopción plena pluriparental formulada en representación de una menor y le reconoce el derecho a tener una madre y dos padres, llevando los tres apellidos. Considera que se trata de un caso excluido del derecho pero que se refleja en la realidad y no reconocer esa realidad viola los principios de igualdad y no discriminación, entiende que debe reconocerse la socioafectividad vislumbrada en el grupo familiar, lo que lleva a la convicción de que debe declararse la inconstitucionalidad de los artículos 558 y 634, inciso d, y de cualquier norma del C.C. y Com. de la Nación que entre en pugna con la adopción plena pluriparental de la niña de autos.

    SENTENCIA
    JUZGADO DE NIÑEZ,ADOLESC,VIOLENCIA FLIAR Y DE GENERO de 3ra NOM
    CORDOBA, CÓRDOBA
    18 de Febrero de 2020
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    Carátula: F., F.C., V.A.F. y F.C.A. s/adopción

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