El SENASA deberá tomar medidas para controlar alimentos pero los jueces no pueden definir los alcances del control


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    Corresponde confirmar la sentencia que ordenó al SENASA medidas para el control de los alimentos -a efectos de detectar la posible presencia de biocidas, plaguicidas u otros agrotóxicos- y coordinación de acciones con las demás autoridades sanitarias y a la publicidad de lo actuado, pues ellas tienden a lograr que la autoridad de aplicación ejerza el control que le compete con respecto a los productos de origen vegetal que realizan tráfico federal para ser comercializados en los grandes mercados de la ciudad de Rosario y, de este modo, cumpla con una política pública necesaria para el disfrute del derecho a la salud protegido por la Constitución Nacional, en tanto ello se traduce en la obtención de alimentos inocuos para el consumo humano y animal. - Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    21 de Marzo de 2023
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosatti - Rosenkrantz - Maqueda - Lorenzetti
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    Carátula: Zárate, Enrique Augusto c/ SENASA s/ amparo ambiental

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