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- SENTENCIA
- 7 de Marzo de 2023
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Rosatti (en disidencia) - Rosenkrantz - Maqueda - Lorenzetti
Corresponde aplicar a la multa establecida por la dirección general de rentas provincial por la omisión en el pago del impuesto a los ingresos brutos, el plazo establecido en el inc. 4° del art. 65 del Código Penal, pues es a ese cuerpo normativo a quien le incumbe legislar sobre la extinción de acciones y penas, sin perjuicio del derecho de las provincias al establecimiento de particulares infracciones y penas en asuntos de interés puramente local.Fuente del sumario: OFICIAL
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Carátula: Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Alpha Shipping S.A. c/ Provincia de T.D.F. A. e I.A.S. s/ contencioso administrativo – medida cautelar
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