La Corte determina que debe aplicarse la prescripción establecida en el Código Penal a las multas tributarias


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    Corresponde aplicar a la multa establecida por la dirección general de rentas provincial por la omisión en el pago del impuesto a los ingresos brutos, el plazo establecido en el inc. 4° del art. 65 del Código Penal, pues es a ese cuerpo normativo a quien le incumbe legislar sobre la extinción de acciones y penas, sin perjuicio del derecho de las provincias al establecimiento de particulares infracciones y penas en asuntos de interés puramente local.Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    7 de Marzo de 2023
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosatti (en disidencia) - Rosenkrantz - Maqueda - Lorenzetti
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    Carátula: Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Alpha Shipping S.A. c/ Provincia de T.D.F. A. e I.A.S. s/ contencioso administrativo – medida cautelar

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