La justicia solo puede inmiscuirse en decisiones de universidades por vicio de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta


    Volver al boletín
    Rechaza el recurso interpuesto por un profesor interino de la facultad de ciencias exactas y naturales en la Universidad Nacional de La Pampa tendiente a declarar la nulidad de la resolución por la cual se le renueva el cargo por 6 meses supeditando una nueva prórroga a la acreditación del correcto desempeño y cumplimiento de las obligaciones docentes, mientras a sus colegas se les renovó por un año. Considera que no se verifica en la especie violación de derechos subjetivos del actor ya que la Facultad no tiene el deber jurídico de volver a designarlo, pues por aplicación del principio de autonomía universitaria consagrado en la Constitución Nacional, el Poder Judicial no puede inmiscuirse en las razones de mérito o conveniencia, sino sólo en aquellas decisiones adoptadas por los entes universitarios que adolezcan de un vicio de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, y el nombramiento interino se extingue por el mero transcurso del tiempo previsto al momento de la designación, sin que se requiera el dictado de acto alguno por parte de las autoridades universitarias que así lo determinen.

    SENTENCIA
    CAMARA FEDERAL DE APELACIONES
    BAHIA BLANCA, BUENOS AIRES
    9 de Febrero de 2023
    Más Jurisprudencia Federal...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: G., C. R. c/ Universidad Nacional de La Pampa s/ Recurso Directo Ley de Educación Superior Ley 24.521

    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...