Ley 1479 de TIERRA DEL FUEGO


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    LEY 1.479
    USHUAIA, 21 de Diciembre de 2022
    Boletín Oficial, 6 de Enero de 2023
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º.- Creáse el Muro del "Homenaje Eterno a nuestros Veteranos y Veteranas de Malvinas", en reconocimiento al valor y patriotismo demostrado por los veteranos/as registrados/as en el ámbito de la Provincia, que intervinieron en la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur durante el Conflicto Armado de 1982, en defensa de la Soberanía de la Nación Argentina.

    Artículo 2º.- El Muro será una obra de arte urbano a realizarse con acero, hierro y hormigón que se ubicará en la cara oeste de la casa de gobierno de la Provincia y contará con iluminación nocturna, siendo una obra de confección robusta porque representa el eterno reconocimiento del pueblo para cada uno de los Veteranos y Veteranas de Guerra residentes en la Provincia.

    Artículo 3º.- La obra se realizará de acuerdo a las especificaciones técnicas del Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

    Artículo 4º.- En la obra se incorporará la nómina de los Veteranos y Veteranas de Guerra registrados/as por el Centro de Veteranos de Guerra de Río Grande y el Centro de Ex-Combatientes de Malvinas de Ushuaia.

    Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

    Anexo I .- Los nombres serán tallados en acero inoxidable con láser y retroiluminado.

    Proyecto muro "Homenaje Eterno a nuestros Veteranos y Veteranas de Malvinas Vistas y renderizados del proyecto sobre un aproximado 11.5m x 2.80m de pared con los nombres

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