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- SENTENCIA
- 7 de Diciembre de 2022
- CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. RESISTENCIA, CHACO
- Sala 01
- Magistrados: ELOISA ARACELI BARRETO - WILMA SARA MARTINEZ
En el marco de una acción por reclamo de alimentos en donde se desestima el pedido de integrar la litis con el abuelo paterno de la menor, corresponde rechazar la queja y declarar bien denegado el recurso de apelación subsidiario interpuesto, toda vez que la providencia recurrida no genera gravamen irreparable por cuanto no supone un pronunciamiento definitivo sobre el fondo de la cuestión, ni tampoco consolida un estado procesal del que se derive algún perjuicio jurídico para los intereses de la peticionaria, pues no cercena la posibilidad de reexaminar la procedencia de la petición ante la alzada en oportunidad de tratar la apelación que se dedujera contra la sentencia definitiva
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Carátula: F., R. E/A: P., A. A. en nombre y rep. hija menor: A.I.M.P. c/ M., B. G. y F., R. s/ alimentos
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