Ordenan reforestar un sector ribereño que había sido talado para desarrollar un emprendimiento turístico


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    En el marco de una acción de amparo tendiente a lograr la reposición de las especies taladas en la zona de un balneario municipal, conforme al plan de obra para la zona costera, deviene procedente confirmar la sentencia atacada y condenar a la municipalidad a la reforestación y parquización mínima con 65 ejemplares arbóreos, toda vez que el espacio intervenido para proyectar el balneario se encuentra dentro del Área Natural Protegida "Humedales e Islas de Victoria" Ley 10671, clasificada como reserva de usos múltiples y conforme surge de lo actuado en la causa, la reforestación de la zona, que fuera presentada por la municipalidad como proyecto integral en la acción de amparo Alva, no fue ejecutada por el demandado, de manera que la necesidad de la misma para mitigar los efectos de la tala de árboles en el predio ribereño se presenta como ineludible.
    SENTENCIA
    11 de Enero de 2023
    SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. PARANA, ENTRE RÍOS
    Magistrados: GERMÁN REYNALDO F. CARLOMAGNO - CLAUDIA MÓNICA MIZAWAK - GISELA NEREA SCHUMACHER
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    Carátula: Reggiardo, Carlos Guillermo c/ Municipalidad de Victoria s/ acción de amparo

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