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- SENTENCIA
- 5 de Diciembre de 2022
- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. RIO GALLEGOS, SANTA CRUZ
- Magistrados: PAULA ERNESTINA LUDUEÑA CAMPOS - DANIEL MAURICIO MARIANI - ALICIA DE LOS ÁNGELES MERCAU - RENEÉ GUADALUPE FERNÁNDEZ - FERNANDO MIGUEL BASANTA
Corresponde hacer lugar al pedido de alimentos formulado por la ex pareja de un jubilado del ejército y condenarlo a abonar en concepto de cuota alimentaria el diez por ciento de los haberes que por todo concepto percibiera del Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares, desde el inicio de la demanda y hasta la fecha de la sentencia de divorcio vincular, toda vez que las pruebas aportadas, valoradas bajo la directriz de la perspectiva de género, sumado a la escasa actividad probatoria desplegada por el accionado para acreditar su versión, crean convicción con relación a que durante el matrimonio la accionante asumió un rol puramente doméstico basado en la crianza de sus hijos y la atención del hogar familiar que determinó que la misma no contase con una ocupación laboral remunerada para asegurar su propia subsistencia, que tampoco tuviera estudios suficientes que facilitasen su inserción laboral, de manera que obviar el marco cultural y social en el que se desenvolvió la relación matrimonial de las partes convalidaría una situación asimétrica de poder en el seno conyugal, en desmedro de la garantía de igualdad de raigambre constitucional y convencional, por lo que la situación descripta coloca a la actora en una situación de vulnerabilidad, que torna razonable su pretensión.
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Carátula: D. F. M. c/ T. R. A. s/ alimentos
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