Resuelve tener por no presentada una demanda por no contener la firma ológrafa de la actora


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    Corresponde tener por no presentada una acción de amparo en tanto no se constató la firma ológrafa de la actora, toda vez que compulsados los originales de los escritos reservados, resulta evidente que la demanda presentada no contó con la firma ológrafa de la actora, lo cual incumple las previsiones de la Acordada 31/2020, constituyendo así una actuación procesal inexistente.
    SENTENCIA
    19 de Diciembre de 2022
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala B
    Magistrados: MATILDE BALLERINI - MARIA GUADALUPE VASQUEZ
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    Carátula: Ruda, Rocio Guadalupe c/ Creditia SA s/ amparo

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