Defensa del Consumidor: deben entregarle una camioneta nueva e indemnizarlo por daño moral y punitivo


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    Corresponde condenar solidariamente a la concesionaria y a la administradora de planes de ahorro a entregarle al actor un vehículo okm y abonarle una indemnización en concepto de daño moral y daño punitivo por incumplimiento de las obligaciones a su cargo surgidas de la compraventa, mediante plan de ahorro, de una camioneta que presentó fallas de fábrica y tuvo que ser ingresada al servicio técnico un total de trece veces, pues , conforme surge de las pericias técnicas sobre las condiciones de uso del vehículo, ha quedado acreditada la falla mecánica de fábrica y la violación al deber de informar adecuadamente que, en el caso, implicaba advertir al comprador la necesidad de utilizar el rodado en forma extraurbana, con un combustible y aceite especial para evitar su avería, de manera que existió un trato notoriamente desaprensivo e indigno hacia el cliente al pretender atribuirle la responsabilidad de las fallas del vehículo por el modo de conducirlo o cobrarle por las revisaciones realizadas en el taller pese a que el vehículo estaba en garantía.
    SENTENCIA
    5 de Diciembre de 2022
    JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALTA, SALTA
    Magistrados: Tomás Méndez Curutchet
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    Carátula: López, Eduardo Martin c. Fiat Chrysler Automóviles (F.C.A.) y FADUA S.A. s/ sumarísimo

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