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- LEY 10.567
- LA RIOJA, 20 de Octubre de 2022
- Boletín Oficial, 25 de Noviembre de 2022
- Vigente, de alcance general
Artículo 2º.- Dadas las características religiosas del evento, el Obispado de nuestra Provincia y/o parroquias que el mismo designe al efecto serán las encargadas de la organización de las celebraciones, con la colaboración logística del Municipio de la Capital y las áreas de Seguridad, Cultura y Turismo de la Provincia.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
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