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- LEY 1.450
- USHUAIA, 31 de Octubre de 2022
- Boletín Oficial, 18 de Noviembre de 2022
- Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia
"Artículo 8°.- La concesión, explotación, comercialización e industrialización de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos, hidrogeno verde y otras energías renovables, deberán sujetarse a la aprobación de la Legislatura Provincial mediante el voto de los dos tercios (2/3) del total de sus miembros.".
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda