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- LEY 1.450
- USHUAIA, 31 de Octubre de 2022
- Boletín Oficial, 18 de Noviembre de 2022
- Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia
"Artículo 8°.- La concesión, explotación, comercialización e industrialización de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos, hidrogeno verde y otras energías renovables, deberán sujetarse a la aprobación de la Legislatura Provincial mediante el voto de los dos tercios (2/3) del total de sus miembros.".
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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