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- SENTENCIA
- 14 de Mayo de 2020
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala A
- Magistrados: Sebastián Picasso - Ricardo Li Rosi - Hugo Molteni
Corresponde habilitar el receso judicial a fin de que se adopten las medidas necesarias para analizar la procedencia del pedido de fijación de alimentos provisorios en el marco de un juicio de filiación, dado que la solicitud formulada encuadra dentro de los motivos de urgencia que justifican la habilitación, en función de lo dispuesto en la Acordada 6/2020, prorrogada sucesivamente por las Acordadas 8, 10, 12 y 14/2020, debido a la pandemia del Coronavirus.
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Carátula: C., N. M. D. V. y otro c/ M., J. C. s/ alimentos provisorios
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