Ley 5782 de CATAMARCA


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    LEY 5.782
    SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 13 de Octubre de 2022
    Boletín Oficial, 11 de Noviembre de 2022
    Vigente, de alcance general
    El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Catamarca sancionan con fuerza de ley:

    ARTÍCULO 1°.- Adhiérese la provincia de Catamarca a la Ley Nacional que establece el día 22 de octubre de cada año, como Día Nacional del Derecho a la Identidad N° 26.001

    ARTÍCULO 2°.- Promuévese en conmemoración de este día, la realización de actividades en reconocimiento del derecho a la identidad y su preservación como derecho humano fundamental.

    ARTÍCULO 3°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a determinar la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.

    ARTÍCULO 4°.- El Poder Ejecutivo Provincial debe reglamentar la presente Ley en el plazo máximo de ciento veinte (120) días contados a partir de su promulgación.

    ARTÍCULO 5°.- De forma.

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