Excluye tres bienes inmuebles del acervo hereditario adquiridos por la cónyuge supérstite por herencia y donación


    Volver al boletín
    Corresponde excluir del acervo hereditario el cien por ciento de dos bienes inmuebles y el setenta y cinco por ciento de otro, adquiridos los tres por la cónyuge supérstite por herencia y donación, toda vez que por aplicación del principio de accesoriedad el art. 464 inc. k del Código Civil y Comercial atribuye carácter propio a las partes indivisas adquiridas por cualquier título por el cónyuge que era propietario de una parte indivisa de un bien al comenzar la comunidad, o que la adquirió durante ésta en calidad de propia, así como los valores nuevos y otros acrecimientos de los valores mobiliarios propios, sin perjuicio de la recompensa debida a la comunidad en caso de haberse invertido bienes de ésta para la adquisición.
    SENTENCIA
    6 de Octubre de 2022
    CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. AZUL, BUENOS AIRES
    Sala 02
    Magistrados: Peralta Reyes - Carrasco - Comparato
    Más Jurisprudencia Provincial...

    Leer Completo: ( si no visualiza el fallo, APRIETE la tecla F5 para refrescar la página) Click para Descargar el PDF

    Carátula: Tamborenea, Miguel Enrique s/ sucesión ab intestato s/incidente

    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...