Condenan a una maestra y a la dueña de un jardín de infantes por maltratar físicamente a un niño


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    Corresponde confirmar la condena impuesta a una maestra y a la dueña de un jardín de infantes a indemnizar el daño moral derivado del maltrato físico sufrido por un niño que asistía al establecimiento consistente en un tirón de la oreja izquierda y un apretón en el brazo izquierdo que le produjo moretones, toda vez que las filmaciones aportadas permiten tener acreditado que el lugar donde el menor sufrió el maltrato fue en las instalaciones del jardín y que el daño moral como daño in re ipsa adquiere una dimensión indudable, pues el maltrato ejercido contra un niño de tan corta edad, de por sí importa una lesión a sus derechos personalísimos.
    SENTENCIA
    7 de Septiembre de 2022
    CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA. NEUQUEN, NEUQUÉN
    Sala 02
    Magistrados: Patricia Clerici - José I. Noacco
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    Carátula: D. B. J. y otro c/ G. C. y otro s/ D. y P. derivados de la responsabilidad contractual de particulares

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