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- LEY 14.127
- SANTA FE, 25 de Agosto de 2022
- Boletín Oficial, 3 de Octubre de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1 - Dónase al Club de Gimnasia y Esgrima Social Cultural y Deportivo Asociación Mutual, CUIT N° 33-53290821-9, el inmueble ubicado con frente a las calles Urquiza y Córdoba, hoy Juan de Garay, de la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, identificado según Plano de Mensura Duplicado inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial de Santa Fe bajo el N° 1215 de fecha 31 de marzo de 1986, donde se designa como Polígono ABCDA Manzana 2030, y se compone de las siguientes medidas, superficies y linderos: al Noroeste, línea AB, 22,20 metros, formando en el vértice B ángulo de 89° 25' 35"; al Sudeste, línea BC, 32,97 metros, formando en el vértice C ángulo de 90° 34' 25"; al Sudoeste, línea CD, 23,35 metros, formando en el vértice D ángulo de 87° 25' 33"; y al Noroeste, cerrando la figura, línea DA, 33,00 metros, formando en el vértice A ángulo de 92° 34' 27", con una superficie total de setecientos cincuenta metros ochenta y tres decímetros cuadrados, cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad a titularidad del Superior Gobierno de la Provincia, bajo la Matrícula N° 2874029, Departamento La Capital, en fecha 21/12/2018. Partida Impuesto Inmobiliario N°: 10-11-031084 16/0001-3.
ARTÍCULO 2 - La donación se autoriza con el cargo de que el Club de Gimnasia y Esgrima Social Cultural y Deportivo Asociación Mutual, destine el uso del inmueble al funcionamiento de un campo de deportes y gimnasio para los alumnos y alumnas de las escuelas normales y técnico profesionales.
ARTÍCULO 3 - Las erogaciones que demande la presente ley estarán a cargo del Poder Ejecutivo provincial.
ARTÍCULO 4 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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