Ley 9586 de TUCUMAN


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    LEY 9.586
    SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 30 de Agosto de 2022
    Boletín Oficial, 28 de Septiembre de 2022
    Vigente, de alcance general
    Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, la fracción del inmueble detallado en la Ley N° 7792 con iguales fines que los allí descriptos.

    Art. 2°.- Convalídese todo lo actuado por Fiscalía de Estado, en el siguiente expediente administrativo 1516/170/DJ/06.

    Art. 3°.- Comuníquese.

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