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- LEY 3.660-H
- RESISTENCIA, 17 de Agosto de 2022
- Boletín Oficial, 14 de Septiembre de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°: Créase, a partir del 1 de abril del año 2022, la bonificación "Recomposición Histórica de Excombatientes", aplicable a todos los beneficiarios alcanzados por el artículo 1° de la ley 2017-H.
ARTÍCULO 2°: Dispónese que la bonificación creada, será equivalente a la suma fija de pesos diez mil ($10.000).
ARTÍCULO 3°: Autorizase al Instituto de Seguridad Social, Seguros y Prestarnos a otorgar en forma anticipada la bonificación "Recomposición Histórica de Ex Combatientes" creada en el artículo 1° de la presente, correspondiente al mes de abril del año 2022.
ARTÍCULO 4º: La erogación que demande la aplicación de lo dispuesto en la presente, se imputará a la respectiva partida presupuestaría de la Jurisdicción 28: Ministerio de Desarrollo Social, conforme con la naturaleza del gasto.
ARTÍCULO 5°: Autorizase a la Dirección General de Finanzas y Programación Presupuestaria, dependiente del Ministerio de Planificación, Economía e Infraestructura en su carácter de Órgano rector del sistema presupuestario, a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes para dar cumplimiento al incremento de las erogaciones corrientes, dispuestas en el presente instrumento legal.
ARTÍCULO 6°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

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