La Corte resuelve sobre la competencia en un caso de trata de personas con fines de explotación laboral


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    Corresponde a la justicia federal entender en la causa toda vez que confluyen en ella una serie de circunstancias que impiden descartar la existencia de conductas en infracción a la ley de sanción y prevención de la trata de personas, en tanto de los testimonios de la víctima y las conclusiones de los especialistas, se desprende el engaño en que habría incurrido la víctima por parte de quien le habría ofrecido la consecución de un trabajo con una retribución salarial que jamás habría recibido, el sometimiento físico y psicológico al que habría estado expuesto, robustecido por el aislamiento del entorno y las malas condiciones de habitación en las que habría permanecido, con abuso de su situación de vulnerabilidad, marcada por el desarraigo de su lugar de origen y de los lazos familiares, la carencia de una vivienda particular y las necesidades económicas imperantes; todo ello generando una relación de dependencia hacia a los imputados y la perpetuación de la situación de explotación padecida. -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-
    SENTENCIA
    13 de Septiembre de 2022
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosatti - Maqueda - Lorenzetti
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    Carátula: N. N. s/ incidente de incompetencia

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