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- SENTENCIA
- 30 de Agosto de 2022
- JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL NRO 11. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Alejandra Débora Abrevaya
Cabe determinar que los bienes pertenecientes al ex Presidente de la Nación Juan Domingo Perón, que componen el acervo hereditario y que, a los efectos de su conservación, fueron declarados de interés público por medio del Decreto 511/2021, queden bajo el resguardo de la Comisión Nacional de Museos, Lugares y Bienes Históricos, organismo dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, puesto que los bienes del mencionado ex Presidente, deben ser conservados como patrimonio cultural de la historia argentina, y para tal cometido el organismo con experiencia y experticia en ello está en mejores condiciones para cumplir y llevar a cabo su cuidado y preservación, por lo que cabe que asuma la custodia de dichos bienes, que trascienden cualquier interés particular y representan un contenido de indudable interés público.
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Carátula: Perón, Juan Domingo s/ sucesión ab-intestato
Fuente de Información

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes