No genera derechos adquiridos la forma de liquidar un adicional salarial de personal no docente universitario


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    Es razonable efectuar el cálculo del adicional por zona desfavorable para el personal no docente de la universidad sobre el sueldo básico sin incluir los rubros antigüedad y título, toda vez que los decretos 1220/80 y 2187/83 -a los que debe ajustarse la normativa que se dicte al respecto en el ámbito universitario y la actuación de sus autoridades- contemplan en forma expresa que el citado adicional se aplique sobre las remuneraciones que con carácter general correspondan al cargo, lo que impide considerar que los rubros antigüedad y título deben quedar comprendidos en la base de cálculo, por cuanto constituyen características individuales del agente que no atañen al cargo en sí mismo. -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-. -El juez Rosatti en disidencia, consideró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN)-.Fuente del sumario: OFICIAL
    SENTENCIA
    23 de Agosto de 2022
    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Magistrados: Rosatti (en disidencia) - Rosenkrantz (según su voto) - Maqueda - Lorenzetti
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    Carátula: Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Aravena, Bautista y otros c/ U.N.P.S.J.B. s/ contencioso administrativo - varios

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