El beneficio de litigar sin gastos interrumpe el plazo de prescripción


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    En el marco de un proceso por daños y perjuicios, corresponde modificar parcialmente la resolución apelada, confirmando el rechazo de la excepción de prescripción de la acción y revocando el rechazo de la caducidad de la instancia de mediación, toda vez que el beneficio de litigar sin gastos promovido por la parte actora produce efecto interruptivo, pues surge de la letra del art. 2546 del CCyC que el efecto interruptivo de la prescripción lo detenta todo acto que implique una petición judicial ejercida por el titular de un derecho que se traduzca en la intención de no abandonarlo, no quedando dudas que el beneficio de litigar sin gastos fue iniciado específicamente para mantener vivo el derecho ante los estrados judiciales.
    SENTENCIA
    8 de Agosto de 2022
    CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. LA PLATA, BUENOS AIRES
    Sala 02
    Magistrados: Leandro Adrián Banegas - Francisco Agustín Hankovits
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    Carátula: Sanelli, Alberto Raúl C/ Oviedo Luis Fernando y otros s/ daños y perj. autom. c/les. o muerte (exc.estado)

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