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- LEY VI-308
- POSADAS, 11 de Agosto de 2022
- Boletín Oficial, 25 de Agosto de 2022
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1.- Se declaran Patrimonio Histórico, Cultural, Paisajístico y Turístico, a la antigua Capilla San Roque y al Arco de acceso de la ex tabacalera 43 Nobleza Picardo, ubicada a la vera de la Ruta Provincial Nº 2 del Municipio y Colonia Santa María, situados en el inmueble individualizado como: La mayor Porción de la Fracción D del Lote 40, Colonia y Municipio de Santa María, Departamento Concepción, Provincia de Misiones; con una superficie de veinticuatro hectáreas, cuatro áreas y setenta y cuatro centiáreas (24 ha, 4 a, 74 ca), según Toma de Conocimiento N° 5581; Nomenclatura Catastral: Departamento 05, Municipio 70, Sección 004, Chacra 0000, Manzana 0000, Parcela 0366, Partida Inmobiliaria: N° 1628; inscripto al Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real - Matrícula Nº 1466 del Departamento Concepción (05).
ARTÍCULO 2.- La declaración establecida en el artículo 1, no impide la realización de obras que brinden instalaciones seguras e higiénicas y las necesarias para armonizar el contexto urbanístico y paisajístico del lugar.
ARTÍCULO 3.- Se encomienda a la Secretaría de Estado de Cultura, la instrumentación de los mecanismos tendientes a proceder a la inscripción del inmueble en el Registro Provincial del Patrimonio Cultural de la Provincia en los términos previstos en la Ley VI - Nº 18 (Antes Decreto-Ley 1280/80) Régimen del Patrimonio Cultural y conforme lo establece la Ley XXIII - N° 2 (Antes Decreto-Ley 1360/81).
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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