Ley 10991 de ENTRE RIOS


    Volver al boletín
    LEY 10.991
    PARANA, 3 de Agosto de 2022
    Boletín Oficial, 23 de Agosto de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de Ley:

    Art. 1°: Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por la Municipalidad de Concepción del Uruguay, de los siguientes inmuebles:

    a) Inmueble matrícula N° 119413, Partida Provincial N° 135.790, que se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Uruguay, Planta Urbana de la ciudad de Concepción del Uruguay, Cuartel 1°, manzana s/n, Sección 1 - PAPCUS), con domicilio parcelario en Calle Pública 316 s/n, lote interno, con una superficie de un mil trescientos noventa y nueve metros cuadrados, cuarenta y un decímetros cuadrados (1399,41 m2.), dentro de los siguientes límites y linderos:

    NORTE: recta (8-5) al NE 78° 35' de 50,00 m., lindando con lote A de esta operación.

    ESTE: recta (5-6) al SE 13° 05' de 28,00 m., lindando con la Municipalidad de Concepción del Uruguay. SUR: recta (6-7) al SO 78° 35' de 50,00 m., lindando con la Municipalidad de Concepción del Uruguay.

    OESTE: recta (7-8) al NO 13° 05' de 28,00 m., lindando con la Municipalidad de Concepción del Uruguay.

    b) Inmueble según Plano de Mensura N° 74220, matrícula N° 137143, Partida Provincial N° 151.912, se ubica en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Uruguay, Planta Urbana de la ciudad de Concepción del Uruguay, Cuartel 2°, manzana 2167, con domicilio parcelario en El Despertar del Obrero s/n, esquina calle Alberdi, lote 1, con una superficie de un mil trescientos cuarenta y cinco metros cuadrados, cuarenta y cinco decímetros cuadrados (1345,45 m2.), dentro de los siguientes límites y linderos:

    NORTE: recta (1-2) al NE 88° 12' de 29,91 m., lindando con calle Alberdi (ripio).

    ESTE: recta (2-3) al SE 1° 48' de 41,41 m., lindando con Inda Mariano Tomas Pl. N° 64661.

    SUR: recta (3-6) al SO 86° 52' de 34,52 m., lindando con la Municipalidad de Concepción del Uruguay.

    OESTE: recta (6-1) al NE 4° 25' de 42,27 m., lindando con calle El Despertar del Obrero (pavimento).

    Art. 2°.- Los inmuebles donados serán destinado a la construcción de unidades educativas.

    Art. 3°.- Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a proceder a instrumentar las correspondientes escrituras traslativas de dominio, de conformidad a lo dispuesto precedentemente.

    Art. 4°: Comuníquese, etcétera.

    Más Leyes Provinciales...


    Fuente de Información





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...