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- SENTENCIA
- 10 de Agosto de 2022
- JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL NRO 12. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Macarena Marra Giménez
Corresponde ordenar a la Administración General de Ingresos Públicos que deje de efectuar retenciones en concepto de Impuesto a las Ganancias del haber jubilatorio un ex Ministro de Economía de la Nación y, asimismo, que se le restituyan las sumas que hayan sido retenidas por dicho concepto, desde los cinco años anteriores al inicio de la demanda, dado que la CSJN, en el precedente "García, María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad", del 26 de marzo del 2019, estableció el criterio de la inconstitucionalidad del cobro del tributo sobre la jubilación en los casos que se acredite una situación de vulnerabilidad de la persona que plantea la acción judicial, y las distintas salas ratificaron el criterio postulado por el Máximo Tribuna en numerosas oportunidades, con independencia de la situación concreta de vulnerabilidad del jubilado incidido.
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Carátula: Remes Lenicov, Jorge Luis c/ E.N. – AFIP y otro s/ proceso de conocimiento
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