Decreto 282/22 de CIUDAD DE BUENOS AIRES


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    DECRETO 282/2022
    CIUDAD DE BUENOS AIRES, 16 de Agosto de 2022
    Boletín Oficial, 18 de Agosto de 2022
    Vigente, de alcance general
    Creación de la Planta Orgánica Funcional de la Educación No Formal en el ámbito del Ministerio de Educación.

    Artículo 1°.- Créase la Planta Orgánica Funcional de la Educación No Formal en el ámbito del Ministerio de Educación, conforme lo detallado en el Anexo (IF-2022-25806449-GCABA-DGGALV), el que a todos los efectos forma parte integrante del presente.

    Artículo 2°.- Créase el concepto "Ley 4399" como componente adicional de los haberes, a los efectos de aplicarse exclusivamente al personal comprendido en las previsiones establecidas en el artículo 24 de la Ley N ° 4399 que, al dictado de la presente medida, ya se encuentre desempeñando funciones en el ámbito de la Educación No Formal. El mencionado concepto será de carácter remunerativo y se aplicará a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 24 in fine de la referida ley.

    Artículo 3°.- Establézcase que los alcances del artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 2187-MHGC/2017 y sus modificatorias se extenderán a los cargos de Coordinador/a de Centro Educativo No Formal, Coordinador/a Regional de Educación No Formal, Coordinador/a Pedagógico de Educación No Formal y Coordinador/a General de Educación No Formal.

    Artículo 4°.- Determínase que la remuneración de las/os trabajadores de la Educación No Formal se regirá por lo establecido en los artículos 118 a 127 del Título III Capítulo I "De las remuneraciones" del Estatuto Docente aprobado por la Ordenanza N° 40.593, su reglamentación, normas complementarias y modificatorias.

    Artículo 5°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado en Jurisdicción 55 - Inciso 1.

    Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación, el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

    Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.

    ANEXO

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