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- SENTENCIA
- 3 de Agosto de 2022
- JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL NRO 15. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Magistrados: Máximo Astorga
Corresponde condenar a la entidad bancaria a indemnizar a un cliente por los daños y perjuicios generados por la suspensión intempestiva sin previo aviso, por falta de pago de mantenimiento de la cuenta, de los productos que había contratado con su cuenta sueldo, lo que causó la declinación de la cobertura del seguro de una motocicleta que le fue robada y de cuya onerosidad se enteró al momento del rechazo de la cobertura del siniestro, puesto que el banco, como proveedor del servicio, está obligado a informar de forma clara y detalladamente cualquier cambio de las condiciones de contratación de la cuenta, de conformidad con lo previsto por el art. 4 de la ley de Defensa del Consumidor, de raigambre constitucional (art. 42 CN). La falta de información por parte de la accionada, en contravención de lo normado por la ley consumeril, fue la causante de la generación de deuda en el mantenimiento de la cuenta corriente, la cual derivó en el bloqueo de la tarjeta de crédito y el consiguiente rechazo en el cobro de la prima del seguro de la motocicleta de titularidad del actor.
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Carátula: D., R. L. c/ Banco BBVA Argentina S.A. s/ ordinario
Fuente de Información

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales