La Administración está facultada a declarar la cesantía de un agente condenado por violencia de género


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    Deviene procedente rechazar la demanda intentada contra el Instituto de Seguridad Social por un trabajador que pretende su reincorporación luego de ser cesanteado por haber sido condenado por violencia de género contra su pareja, toda vez que el acto administrativo impugnado está suficientemente motivado y fundado, pues se encuentra acreditado que el actor fue condenado por los delitos de lesiones leves calificadas y amenazas simples, valoradas en el marco de la Ley 26.485 y que la Administración está legalmente facultada a declarar su cesantía al constatar que esa condena penal afecta el prestigio de la función o del cargo, pues la comisión de una conducta delictiva dolosa por parte de un agente estatal en el contexto de violencia contra la mujer afecta la imagen de la Administración, la que tiene objetivos concretos respecto de esta problemática.
    SENTENCIA
    24 de Junio de 2022
    SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. SANTA ROSA, LA PAMPA
    Sala C
    Magistrados: José R Sappa - Eduardo D. Fernández Mendía
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    Carátula: F., P. R. c/ Instituto de Seguridad Social s/ Demanda Contencioso-Administrativa

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